COMO SE LEVANTA UN PATRIMONIO DE FAMILIA


Marzo 1 de 2023

El precio del levantamiento del patrimonio de familia oscila en $66.200 Adicionalmente la escritura pública en la que se levanta el patrimonio de familia debe ser inscrita en la oficina de registro de instrumentos publicos, donde hay que pagar la suma promedio de $20.600 que corresponde a los actos sin cuantia. 

El levantamiento del patrimonio de familia se demora aproximadamente 3 dias habiles desde la entrega de tdos los documentos. Sin embargo, cuando hay hijos menores de edad se puede demorar 18 dias hábiles, ya que el defensor de familia tiene 15 dias habiles para responder la solicitud. 

El levantamiento del patrimonio de familia puede hacerse por quien lo constituyo, si se constituyo mediante escritura publica, lo puede hacer ante la misma notaria mediante escritura pública de levantamiento del patrimonio de familia.

Para cancelar el patrimonio de familia es necesario:

  • Fotocopia de la cedula de quienes figuran como propietarios.
  • Registro civil autenticado de los hijos bien sean mayores de edad o menores.
  • Escritura de la adquisición del inmueble. 
  • Certificado de tradición y libertad.
  • En caso de que existan menores de edad, debe especificarse el motivo por el cual se desea hacer la cancelación del Patrimonio de familia y presentar las pruebas suficientes que garanticen que el menor no quedara desprotegido.

Se debe tener en cuenta que cuando existen menores de edad, el patrimonio no se cancela sino que se sustituye . Por ejemplo: Usted tiene un hijo menor de edad, desea vender su vivienda que se encuentra bajo Patrimonio de Familia, entonces decide cancelar dicho patrimonio; lo que sucede a continuación es que el inmueble que usted adquiera luego de la venta de la vivienda , queda bajo el titulo de Patrimonio de familia como resultado de la sustitución. Esto funciona asi siempre y cuando en el patrimonio se encuentre resguardado un menor. 

asi mismo, al existir menores dentro del amparo del Patrimonio de Familia, es necesario contar con la autorización del Defensor de familia que se encuentra ubicado en la localidad de la propiedad; en caso  que el defensor de familia no autorice la cancelación , se tramita el proceso ante un juzgado de familia. Dicha diligencia se denomina: "Designación de curador, para cancelar patrimonio de familia". Una vez cancelado el Patrimonio de Familia, el inmueble queda apto para ser vendido, hipotecado, embargado, etc.

Es importante aclarar que en este tipo de figurasde protección, lo que prima es la seguridad de los menores y/o las personas con limitaciones que se encuentran amparados en el Patrimonio de Familia, por ello deben ser claros los motivos  por los que se desea cancelar el Patrimonio y garantizar que con la cancelación del mismo, los niños y/o las personas vulnerables, estaran seguras y continuaran protegidos.

En el momento en que todos los favorecidos dentro del patrimonio, cumplan su mayoria de edad y cuenten con las plenas facultades fisicas y mentales para su supervivencia, el Patrimonio de familia se extingue o se cancela mediante Escritura Publica y queda susceptible a futuras ventas, hipotecas, medidas cautelares, etc., reglamentadas por el derecho común.

Ademas de lo anterior cabe resaltar , si se disuelve la sociedad conyugal que constituyó Patrimonio de Familia, este se levanta y se hace la respectiva repartición de bienes. Por otro lado, si uno de los conyugues fallece, el sobreviviente puede reclamar la adjudicación del Patrimonio (siempre y cuando no existan hijos menores de edad), comprometiéndose a pagar al resto de herederos lo que les corresponda de dicho inmueble (art. 30 ley 70 de 1931).

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